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El objeto de la presente no es cuestionar lo adecuado de las medidas, sino que vayáis teniendo la información más actualizada posible ya que posiblemente no sea definitiva.
Trabajadores autónomos
Hay variaciones en el cobro de la prestación por cese de actividad, el conocido como paro de autónomos, de tan difícil acceso hasta ahora.
¿QUIÉN PUEDE COBRAR LA PRESTACIÓN POR CESE?
Para cobrar la prestación lxs autónomxs deberán cumplir las condiciones del artículo 17:
- Estar de alta el pasado 14 de marzo.
- Acreditar o bien la suspensión de sus actividades o bien una reducción de la facturación de al menos un 75% respecto a los últimos 6 meses.
- Estar al día en el pago de la S.S.
¿CUÁNTO DURA LA PRESTACIÓN?
Durará un mes a menos que el Estado de Alarma se prolongue o se adopten nuevas medidas
¿CUÁNTO SE COBRA?
El 70% de la base reguladora, en el caso de la cotización mínima y más extendida, 944,4€ (Cuota de 286,15€) la ayuda será de 661,08€.
¿TENGO QUE SEGUIR PAGANDO LA CUOTA MENSUAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL?
Los autónomos que reciban esta prestación, no.
¿DONDE TRAMITAR LA PRESTACIÓN?
Desde tu mutua
¿QUE DOCUMENTACIÓN NECESITAS?
- DNI O NIE
- Los 3 últimos recibos de autónomos
- Tus facturas de enero y febrero de 2020
¿CUANDO PUEDO TRAMITAR LA PRESTACION?
Puedes hacerlo ya.